Legislación y seguridad en el comercio electrónico

Competencia a desarrollar
Conocer las aplicaciones que tiene el comercio electrónico en las pymes
Objetivo
Identificar las diferencias entre comercio electrónico y los negocios electrónicos, así como entender como y cuando aplicar los conocimientos.
Legislación del comercio electrónico en México y el mundo
Actualmente en México el comercio electrónico se ha volcado una herramienta confiable, atractiva y segura, para realizar transacciones vía electrónica, a través de tecnologías de información, todo ciudadano mexicano tiene derecho a dedicarse al comercio, como se establece en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 5 que a la letra dice:
Artículo 5o. A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.
La Ley determinará en cada Estado, cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo.

Contratación del comercio electrónico

El contrato electrónico, de una manera sencilla se entiende como venta online, esto es, vender y comprar productos y/o servicios a través de escaparates Web. Los productos comercializados, pueden ser productos físicos (viajes, teléfonos móviles consultas legales online…), o productos digitales (imágenes, sonidos, bases de datos, software…).
Pero el comercio electrónico, en un sentido amplio, incluye todas las actividades que se realizan antes, durante y después de la venta. Estas actividades, incluyen publicidad, negociación entre vendedor y comprador, formalización del contrato, atención al cliente antes y después de la venta.
Tipos de contrato
1. Contrato electrónico directo:
La primera de estas clasificaciones viene dada por la forma en la que se ejecuta el contrato. Se trata de la compra de productos que pueden ser encontrados, adquiridos, pagados y entregados de manera totalmente online. Hablamos, por ejemplo, de la compra en línea de bienes como la música, los videojuegos, el cine, la televisión en streaming o los programas informáticos. Dichos bienes se pueden disfrutar de manera directa, e inmediata, accediendo a la plataforma digital preferente.
La primera de estas clasificaciones viene dada por la forma en la que se ejecuta el contrato. Se trata de la compra de productos que pueden ser encontrados, adquiridos, pagados y entregados de manera totalmente online. Hablamos, por ejemplo, de la compra en línea de bienes como la música, los videojuegos, el cine, la televisión en streaming o los programas informáticos. Dichos bienes se pueden disfrutar de manera directa, e inmediata, accediendo a la plataforma digital preferente.
2. Contrato electrónico indirecto:
En este tipo de contrato de comercio electrónico el producto no puede ser disfrutado directamente en el momento de la compra. El producto o servicio es encontrado en la red y la formalización del acuerdo se produce también online, incluso, en ocasiones, el pago del mismo también tiene lugar de manera virtual. Sin embargo, para finalizar la transacción es necesario el envío físico del producto o la prestación física del servicio. Un ejemplo de este tipo de contratos es la adquisición de productos a través de un comercio electrónico (libros, ropa, zapatos, discos de música o productos varios), la contratación de servicios o, incluso, de viajes.
En este tipo de contrato de comercio electrónico el producto no puede ser disfrutado directamente en el momento de la compra. El producto o servicio es encontrado en la red y la formalización del acuerdo se produce también online, incluso, en ocasiones, el pago del mismo también tiene lugar de manera virtual. Sin embargo, para finalizar la transacción es necesario el envío físico del producto o la prestación física del servicio. Un ejemplo de este tipo de contratos es la adquisición de productos a través de un comercio electrónico (libros, ropa, zapatos, discos de música o productos varios), la contratación de servicios o, incluso, de viajes.
3. Contrato electrónico puro:
El tercer tipo de contrato se puede organizar dentro de la clasificación en función de cómo están emitidas las declaraciones de las partes. En este contrato las manifestaciones de voluntad de los firmantes se realizan de manera electrónica, íntegramente. Por ejemplo, la aceptación de la política de privacidad o la contratación a través de una página web.
El tercer tipo de contrato se puede organizar dentro de la clasificación en función de cómo están emitidas las declaraciones de las partes. En este contrato las manifestaciones de voluntad de los firmantes se realizan de manera electrónica, íntegramente. Por ejemplo, la aceptación de la política de privacidad o la contratación a través de una página web.
4. Contrato electrónico mixto:
En contraposición al contrato electrónico puro, y también dentro de la clasificación por emisión de las declaraciones de las partes, se puede encontrar este tipo de acuerdo. El contrato electrónico mixto requiere de métodos electrónicos, pero también de métodos tradicionales para manifestar voluntades. Por ejemplo, la necesidad de enviar por correo ordinario contratos o documentos firmados.
En contraposición al contrato electrónico puro, y también dentro de la clasificación por emisión de las declaraciones de las partes, se puede encontrar este tipo de acuerdo. El contrato electrónico mixto requiere de métodos electrónicos, pero también de métodos tradicionales para manifestar voluntades. Por ejemplo, la necesidad de enviar por correo ordinario contratos o documentos firmados.
5. Contrato electrónico de consumo:
Se puede hablar de un contrato de consumo cuando al menos una de las partes es un consumidor del producto o servicio. Por ejemplo, en la contratación de viajes.
Se puede hablar de un contrato de consumo cuando al menos una de las partes es un consumidor del producto o servicio. Por ejemplo, en la contratación de viajes.
6. Contrato electrónico mercantil:
Por el contrario, en el contrato mercantil todas las partes contratantes son empresas; como cuando se contrata la iluminación para un espectáculo de un teatro.
Por el contrario, en el contrato mercantil todas las partes contratantes son empresas; como cuando se contrata la iluminación para un espectáculo de un teatro.
7. Contrato electrónico con pago electrónico:
Solo son válidos en contratos que impliquen una transacción económica, lógicamente. Se trata de acuerdos que son abonados por métodos electrónicos, como una tarjeta de crédito, transferencias entre bancos o dinero virtual.
Solo son válidos en contratos que impliquen una transacción económica, lógicamente. Se trata de acuerdos que son abonados por métodos electrónicos, como una tarjeta de crédito, transferencias entre bancos o dinero virtual.
8. Contrato electrónico con pago tradicional:
El pago se realiza de manera física mediante efectivo, contra reembolso o, también, con cheque bancario.
El pago se realiza de manera física mediante efectivo, contra reembolso o, también, con cheque bancario.
9. Contrato electrónico de entrega:
La última de las clasificaciones diferencia entre lo que se vende. Los contratos de entrega son los referidos a un producto. Pueden ser inmediatos o diferidos, dependiendo de cuándo se reciba dicho producto.
La última de las clasificaciones diferencia entre lo que se vende. Los contratos de entrega son los referidos a un producto. Pueden ser inmediatos o diferidos, dependiendo de cuándo se reciba dicho producto.
10. Contrato electrónico de prestación:
Los contratos de prestación hacen referencia a un servicio. No hay bienes referidos en el contrato. También pueden ser instantáneos o diferidos.
El tipo de contrato electrónico depende de muchos factores. Sin embargo, lo que se debe tener claro es que este siempre se realiza de manera electrónica y que no requiere la presencia de las partes.
Formación de contratos
Este acuerdo es un convenio entre varias partes. No se trata de contratos que estipulan la duración de una membresía, sino de contratos tradicionales. La gran diferencia es que estos se formalizan por medios electrónicos, como su propio nombre indica. Mediante este acuerdo legal, las partes firmantes, de mutua voluntad, adquieren obligaciones legítimas cuyo cumplimiento pueden exigir ambas partes. Se rife mediante el artículo 1261 código civil y los puntos mas a seguir son:
- Consentimiento de las partes contratantes.
- Objeto cierto, posible y determinado (o determinable) materia del contrato.
- Causa de la obligación que se establezca.
- Forma, cuando ésta es exigida de la forma “ad solemnitatem
s Seguridad Privada (Criptografía)
El uso de técnicas criptográficas tiene como propósito prevenir algunas faltas de seguridad en un sistema computarizado. La seguridad, en general, se considera como un aspecto de gran importancia en cualquier corporación que trabaje con sistemas computarizados. El hecho de que gran parte de actividades humanas sean cada vez más dependientes de los sistemas computarizados, hace que la seguridad desempeñe una función protagónica.
Se puede definir también a la criptografía como la técnica para enviar mensajes confidenciales por un medio seguro que garantiza que solo personas autorizadas pueden recibir el mensaje.
Ética del comercio electrónico
El Código ético de comercio electrónico y publicidad interactiva aprobado en el 2002 es el resultado de la adaptación de dos códigos anteriores: el “Código de protección de datos de Internet” y el “Código ético de publicidad en Internet”, a los nuevos avances y a los preceptos de la Directiva de comercio electrónico y a la Ley de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico.
Entre las distintas normas que recoge trata especialmente la publicidad estableciendo medidas de protección al consumidor.
Delitos y amenazas del comercio electrónico
Las amenazas a la seguridad de la información atentan contra su confidencialidad, integridad y disponibilidad. Existen amenazas relacionadas con falla humanas, con ataques malintencionados o con catástrofes naturales. Mediante la materialización de una amenaza podría ocurrir el acceso modificación o eliminación de información no autorizada; la interrupción de un servicio o el procesamiento de un sistema; daños físicos o robo del equipamiento y medios de almacenamiento de información.
Daño y robo de datos
El delito informático es el termino genérico para aquellas operaciones ilícitas realizadas por medio
de internet o que tienen como objetivo destruir o dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de internet. Categorías que definen un delito informático son aún mayores y complejas y pueden incluir delitos tradicionales como:
- Fraude
- Robo
- Extorsión
Hacker's
En el caso de los Hackers, estos son expertos capaces de crear complejos programas, generalmente capaz de constituir una amenaza de seguridad. Esta crea programas para descifrar claves y colarse en la información de empresas, bancos etc. Estos también son una amenaza para la seguridad de la
información en una empresa con comercio electrónico.
Los contratos de prestación hacen referencia a un servicio. No hay bienes referidos en el contrato. También pueden ser instantáneos o diferidos.
El tipo de contrato electrónico depende de muchos factores. Sin embargo, lo que se debe tener claro es que este siempre se realiza de manera electrónica y que no requiere la presencia de las partes.
Formación de contratos

Este acuerdo es un convenio entre varias partes. No se trata de contratos que estipulan la duración de una membresía, sino de contratos tradicionales. La gran diferencia es que estos se formalizan por medios electrónicos, como su propio nombre indica. Mediante este acuerdo legal, las partes firmantes, de mutua voluntad, adquieren obligaciones legítimas cuyo cumplimiento pueden exigir ambas partes. Se rife mediante el artículo 1261 código civil y los puntos mas a seguir son:
- Consentimiento de las partes contratantes.
- Objeto cierto, posible y determinado (o determinable) materia del contrato.
- Causa de la obligación que se establezca.
- Forma, cuando ésta es exigida de la forma “ad solemnitatem
s Seguridad Privada (Criptografía)
El uso de técnicas criptográficas tiene como propósito prevenir algunas faltas de seguridad en un sistema computarizado. La seguridad, en general, se considera como un aspecto de gran importancia en cualquier corporación que trabaje con sistemas computarizados. El hecho de que gran parte de actividades humanas sean cada vez más dependientes de los sistemas computarizados, hace que la seguridad desempeñe una función protagónica.
Se puede definir también a la criptografía como la técnica para enviar mensajes confidenciales por un medio seguro que garantiza que solo personas autorizadas pueden recibir el mensaje.
Ética del comercio electrónico

El Código ético de comercio electrónico y publicidad interactiva aprobado en el 2002 es el resultado de la adaptación de dos códigos anteriores: el “Código de protección de datos de Internet” y el “Código ético de publicidad en Internet”, a los nuevos avances y a los preceptos de la Directiva de comercio electrónico y a la Ley de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico.
Entre las distintas normas que recoge trata especialmente la publicidad estableciendo medidas de protección al consumidor.
Delitos y amenazas del comercio electrónico

Las amenazas a la seguridad de la información atentan contra su confidencialidad, integridad y disponibilidad. Existen amenazas relacionadas con falla humanas, con ataques malintencionados o con catástrofes naturales. Mediante la materialización de una amenaza podría ocurrir el acceso modificación o eliminación de información no autorizada; la interrupción de un servicio o el procesamiento de un sistema; daños físicos o robo del equipamiento y medios de almacenamiento de información.
Daño y robo de datos


El delito informático es el termino genérico para aquellas operaciones ilícitas realizadas por medio
de internet o que tienen como objetivo destruir o dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de internet. Categorías que definen un delito informático son aún mayores y complejas y pueden incluir delitos tradicionales como:
- Fraude
- Robo
- Extorsión
Hacker's
En el caso de los Hackers, estos son expertos capaces de crear complejos programas, generalmente capaz de constituir una amenaza de seguridad. Esta crea programas para descifrar claves y colarse en la información de empresas, bancos etc. Estos también son una amenaza para la seguridad de la
información en una empresa con comercio electrónico.
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